Última actualización: 5 de octubre de 2026
El panorama de ayudas para la aerotermia ha cambiado bastante respecto a hace un par de años, y muchas webs siguen repitiendo datos que ya no son ciertos. En este artículo repasamos qué sigue vivo a nivel estatal, qué se ha agotado, qué ha llegado de nuevo y qué plazos conviene vigilar de cerca si quieres aprovecharlos.
El panorama en 2026: lo primero que hay que saber
Las subvenciones directas del fondo Next Generation EU que llegaron a través de los programas autonómicos de rehabilitación energética se han agotado en la mayor parte de las comunidades. No existe ya una convocatoria estatal directa activa basada en ese marco concreto. Esto no significa que el Estado se haya retirado: en abril de 2026 se publicó un nuevo marco de ayudas que releva al anterior. La ayuda estatal más estable sigue siendo la deducción fiscal en el IRPF, y junto a ella, los programas autonómicos y locales propios completan el panorama, con grandes diferencias según dónde vivas.
Novedad: el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (RD 326/2026)
El 23 de abril de 2026 se publicó en el BOE el Real Decreto 326/2026, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, el verdadero sucesor de los fondos Next Generation que hasta ahora financiaban buena parte de las ayudas a la rehabilitación energética. Es el primer Plan Estatal de Vivienda dictado al amparo de la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda y moviliza un presupuesto conjunto de cerca de 7.000 millones de euros, de los que alrededor de un 30% se destina específicamente a la rehabilitación edificatoria, accesibilidad y renovación urbana y rural.
El dato más relevante para cualquier persona que esté pensando en instalar aerotermia es que el propio Real Decreto excluye expresamente de las ayudas «las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil» (artículo 98.3). En la práctica esto excluye del perímetro de ayudas a las calderas de gas y de gasóleo, y da entrada a las bombas de calor, la biomasa, los sistemas de climatización eléctricos eficientes y la solar térmica, un criterio alineado con la Directiva europea de eficiencia energética de edificios 2024/1275.
Este nuevo plan, al igual que ocurría con el marco anterior, no se solicita directamente al Estado: cada comunidad autónoma gestiona sus propias convocatorias mediante convenio con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, con posibilidad excepcional de concesión directa en algunos casos. Al tratarse de un marco recién publicado, es de esperar que las convocatorias autonómicas concretas se vayan publicando de forma progresiva a lo largo de 2026 y de los años siguientes, no todas a la vez.
La deducción del IRPF: la ayuda estatal que sigue vigente
Es, junto con el nuevo Plan de Vivienda, la ayuda estatal más relevante en 2026. Es una deducción fiscal regulada en la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF, prorrogada por el Real Decreto-ley 16/2025, que reconoce tres tramos según el tipo de mejora energética conseguida.
| Tramo | Requisito de mejora | Base máxima anual | Ámbito |
|---|---|---|---|
| 20% | Reduce demanda de calefacción/refrigeración ≥ 7% | 5.000 €/año | Vivienda habitual o en alquiler |
| 40% | Reduce consumo de energía primaria no renovable ≥ 30%, o alcanza calificación A o B | 7.500 €/año | Vivienda habitual o en alquiler |
| 60% | Rehabilitación energética del edificio completo | 5.000 €/año (máx. acumulado 15.000 €) | Edificios residenciales / unifamiliares |
Requisitos imprescindibles para aplicar la deducción
- Certificado de eficiencia energética previo, realizado antes de empezar la obra, que acredite la situación de partida de la vivienda.
- Certificado de eficiencia energética posterior, que acredite la mejora conseguida una vez instalada la aerotermia.
- Pago por medios bancarios, nunca en efectivo: los pagos en metálico no dan derecho a la deducción.
- Facturas a tu nombre que acrediten el gasto realizado.
- Restar cualquier subvención recibida de la base de deducción antes de calcular el porcentaje: no puedes deducir la parte que ya te ha subvencionado otra administración.
Certificados de Ahorro Energético (CAE): dinero real, no un descuento
A diferencia de la deducción del IRPF, el Certificado de Ahorro Energético no reduce impuestos, sino que supone un ingreso directo a tu cuenta. Al sustituir una caldera de combustible fósil por aerotermia, se puede vender el ahorro energético certificado a través de un sujeto delegado, lo que suele suponer entre 1.000 € y 3.500 € según el caso. Es compatible con la deducción del IRPF, aunque ese importe debe restarse de la base de deducción.
Programas autonómicos y locales: aquí está la otra mitad del ahorro
Más allá del nuevo Plan Estatal de Vivienda, muchas comunidades autónomas y algunos ayuntamientos mantienen o van a mantener programas propios, con sus propias convocatorias, plazos y porcentajes de ayuda, que pueden ser muy distintos entre sí. Algunas convocatorias autonómicas tienen fecha de cierre fija cada año y no se reabren hasta la siguiente edición, así que conviene consultar el estado exacto en el momento en que vayas a instalar.
Cómo se combinan todas las ayudas: un ejemplo
Imagina una instalación de 9.500 € que sustituye una caldera de gasóleo. Si consigues un CAE de 1.800 €, la base de deducción del IRPF pasaría a ser de 7.700 €, pero como el tramo del 40% tiene un tope de 7.500 € de base anual, la deducción se calcularía sobre esa cifra máxima: 7.500 € × 40% = 3.000 € de deducción fiscal. Sumando el CAE y la deducción, el coste neto real de la instalación bajaría de 9.500 € a unos 4.700 €, sin contar una posible ayuda adicional si tu comunidad ya tiene abierta una convocatoria del nuevo Plan de Vivienda.
Plazos que no debes perder de vista
| Concepto | Plazo |
|---|---|
| Deducción 20% y 40% (obras y pagos) | Hasta el 31/12/2026 |
| Certificado energético posterior (tramos 20% y 40%) | Antes del 1/1/2027 |
| Deducción 60% (obras en el edificio) | Hasta el 31/12/2027 |
| Certificado energético posterior (tramo 60%) | Antes del 1/1/2028 |
Resumen del estado a 5 de octubre de 2026
De lo que hemos podido verificar: el programa 6 del Real Decreto 477/2021 (renovables térmicas residenciales) tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 según IDAE, aunque su listado general muestra «energías renovables térmicas» sin fechas; por eso no afirmamos que esté abierto ni cerrado, y en las comunidades que hemos mirado figura cerrado (Cataluña, Madrid, Castilla y León, Extremadura, Murcia) [IDAE 2]. Siguen vigentes las deducciones del IRPF por eficiencia energética (hasta el 31 de diciembre de 2026, y de 2027 para edificios) tras el Real Decreto-ley 7/2026. Los CAE están a la espera de que se aprueben los coeficientes multiplicadores [IDAE 1] [BOE 3].
Lo nuevo y lo cerrado en 2026
Hay programas autonómicos con novedades: Andalucía abre el 22 de octubre una orden de incentivos (aerotermia solo dentro de una actuación integral), Baleares tiene abierto FACTOR 2026 hasta el 28 de febrero de 2027 (aerotermia no contrastada), mientras que Galicia (cerrado el 13 de marzo), La Rioja (cerrado en junio), Navarra (cerrado en mayo, según fuente secundaria) y Canarias (cerrado el 22 de junio) ya han cerrado sus plazos de 2026. El País Vasco tenía plazo hasta el 30 de septiembre de 2026. El programa Auto+ (Real Decreto 609/2026) es para vehículos eléctricos y no se aplica a la aerotermia. En cada artículo autonómico de este sitio tienes el detalle y sus fuentes [BOE 3] [BOE 4].
Preguntas frecuentes
¿Sigue habiendo subvención directa del Estado para aerotermia en 2026?
El marco antiguo de convocatoria estatal directa (Next Generation) está agotado en la mayoría de comunidades, pero desde abril de 2026 existe un nuevo marco sucesor, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (RD 326/2026), que sí incluye la aerotermia entre las tecnologías subvencionables y excluye expresamente las calderas de combustible fósil. Su desarrollo en convocatorias autonómicas concretas está en marcha de forma progresiva.
¿El nuevo Plan de Vivienda 2026-2030 sustituye directamente a la deducción del IRPF?
No, son mecanismos distintos y compatibles: el Plan de Vivienda es la base legal de futuras subvenciones autonómicas, mientras que la deducción del IRPF es un beneficio fiscal independiente que ya está vigente y no depende de que tu comunidad haya publicado convocatoria bajo el nuevo plan.
¿Puedo aplicar la deducción del IRPF sin certificado energético?
No, es un requisito imprescindible tener certificado energético previo y posterior a la obra; sin ellos no se puede acreditar la mejora conseguida y Hacienda puede rechazar la deducción.
¿El CAE y la deducción del IRPF son compatibles?
Sí, son compatibles entre sí, pero el importe del CAE (o de cualquier otra subvención recibida) debe restarse de la base sobre la que se calcula la deducción del IRPF.
¿Qué pasa si mi inversión supera el límite anual de la deducción?
El exceso se puede aplicar en los cuatro ejercicios fiscales siguientes, respetando el límite anual de cada tramo.
Fuentes consultadas
- [IDAE 1] Ayudas y financiación (IDAE)
- [IDAE 2] Ayudas para energías renovables en autoconsumo, almacenamiento y térmicas (IDAE)
- [BOE 3] Real Decreto-ley 7/2026 (BOE-A-2026-6544)
- [BOE 4] Real Decreto 609/2026, Auto+ (BOE-A-2026-16010)
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