Última actualización: 19 de octubre de 2026
Antes de solicitar cualquiera de las ayudas recogidas en la guía nacional de subvenciones para aerotermia, conviene revisar los errores más habituales que hacen perder una subvención ya concedida o dejan a alguien fuera de una convocatoria.
1. Empezar la obra antes de tener el certificado energético previo
Sin el certificado previo, expedido antes de iniciar la instalación, no hay forma de acreditar la mejora conseguida para la deducción del IRPF. Es el error más habitual y el más irreversible. No se puede hacer el certificado previo después de haber empezado la obra.
2. Pagar en efectivo
Tanto para la deducción del IRPF como para la mayoría de subvenciones, sólo los pagos por medios bancarios trazables dan derecho a la ayuda. Un pago en efectivo, aunque tengas factura, puede invalidar la deducción.
3. Empezar la obra antes de que se resuelva la solicitud de subvención
En muchas convocatorias de concurrencia competitiva, no se puede haber iniciado la actuación antes de presentar la solicitud o antes de una fecha de corte concreta fijada en las bases. Comprueba este punto en la convocatoria exacta antes de firmar nada con el instalador. Empezar demasiado pronto puede dejarte fuera de la ayuda aunque cumplas todos los demás requisitos.
4. No guardar evidencia del sistema sustituido
Para el CAE en particular, no tener fotos ni documentación de la caldera o sistema anterior antes de su retirada puede hacer que el expediente no sea viable o que el ahorro reconocido sea menor del real.
5. Confundir programas con nombres parecidos
En esta serie hemos conocido varios casos reales. En La Rioja a menudo se confunden dos programas distintos; en Baleares, FACTOR 2026 y FOTOPAR 2026 no son lo mismo; en Asturias, una convocatoria de 2026 no contempla la aerotermia a pesar de sonar muy parecido a la que sí lo hace. Siempre comprueba el nombre exacto y el organismo gestor antes de dar por segura una ayuda.
6. No comprobar que el instalador tiene el carné RITE
Si la instalación no está firmada por un técnico con el carné profesional de instalaciones térmicas en vigor, además del certificado de manipulador de gases fluorados, puede no ser válida a efectos de justificación y tu seguro del hogar podría no cubrir un siniestro relacionado.
7. Instalar un sistema aire-aire cuando la convocatoria exige aire-agua
Varias convocatorias autonómicas excluyen expresamente la tecnología aire-aire. Confirma el tipo de sistema exigido antes de elegir equipo, no después de instalarlo.
8. No alcanzar el SCOP o SPF mínimo exigido
Algunas convocatorias fijan un rendimiento mínimo del equipo como requisito técnico. Un equipo que no lo cumple, aunque sea una buena bomba de calor, puede quedar fuera de la ayuda.
9. Dejar pasar el plazo de ejecución o de justificación
Conceder la ayuda no es el final del trámite. Casi todas las convocatorias exigen ejecutar y justificar la actuación dentro de un plazo concreto, distinto e independiente del plazo de solicitud. Perder ese plazo puede suponer perder la subvención ya concedida, con obligación de devolverla.
10. Olvidar restar la subvención recibida de la base del IRPF
Si has recibido una subvención directa o un CAE, ese importe debe restarse de la base sobre la que calculas la deducción del IRPF, tanto la estatal como la autonómica si aplica. Declarar la base completa sin restar la ayuda recibida es un error que Hacienda puede detectar y corregir, con el consiguiente recargo.
11. Pedir un anticipo desproporcionado al instalador
Un anticipo superior al 30-40% del presupuesto antes de iniciar la obra es una señal de alerta, no un requisito habitual del sector.
12. No pedir la certificación de organismos autonómicos específicos
En comunidades como la Comunitat Valenciana es imprescindible contar con el reconocimiento previo del organismo autonómico correspondiente antes de aplicar la deducción. Dar por hecho que tu instalación cumple sin esa certificación puede hacerte perder la deducción autonómica, aunque conserves la estatal.
Errores que reflejan las propias bases
Según las preguntas frecuentes de IDAE sobre el Real Decreto 477/2021, entre las cosas que pueden hacerte perder la ayuda están contratar o facturar antes de solicitarla (según el programa), pagar en efectivo, y traspasar la titularidad o cambiar sustancialmente la instalación antes de cinco años, que puede acarrear el reintegro [IDAE 1]. Son criterios de ese programa, no de todas las ayudas, así que lee siempre las bases de la convocatoria concreta.
En las deducciones del IRPF
Para las deducciones por eficiencia energética, la Agencia Tributaria exige un certificado antes de la obra, con un máximo de dos años de antelación, y otro posterior que acredite el resultado (30 % de reducción del consumo de energía primaria no renovable o clase A o B en el caso del 40 %). Las deducciones son incompatibles entre sí para la misma obra. Y recuerda que los plazos del certificado cambian con las prórrogas: antes del 1 de enero de 2027 para el 20 % y el 40 % [AEAT 2] [AEAT 3].
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el error que más subvenciones hace perder?
No tener el certificado energético previo antes de empezar la obra, porque es el único de estos errores que no se puede corregir después: sin él, no hay forma de acreditar la mejora conseguida.
¿Puedo corregir un error después de haber instalado la aerotermia?
Depende del error: algunos (como pagar en efectivo o no tener certificado previo) no tienen solución posterior; otros (como un cambio de equipo no comunicado) a veces se pueden regularizar si se comunica cuanto antes al organismo gestor.
¿Es buena idea dejar toda la gestión de ayudas al instalador?
Puede ayudar mucho, ya que muchos instaladores conocen el proceso, pero conviene que tú también verifiques los plazos y la documentación clave, porque la responsabilidad final suele recaer en el beneficiario, no en el instalador.
¿Estos errores aplican a todas las convocatorias por igual?
Los principios generales sí, pero cada convocatoria tiene sus propios requisitos técnicos y plazos concretos; revisa siempre las bases específicas antes de dar algo por hecho.
Fuentes consultadas
- [IDAE 1] FAQ del Real Decreto 477/2021 (IDAE, 09/02/2023, PDF)
- [AEAT 2] Deducción por obras de mejora del consumo de energía renovable (Agencia Tributaria)
- [AEAT 3] Boletín informativo del RDL 7/2026 (AEAT, PDF)
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