Cambiar la caldera comunitaria de gasóleo por una aerotermia centralizada es una de las reformas más impactantes que puede hacer un edificio y desde marzo de 2026 también es más fácil de aprobar en junta de lo que mucha gente cree.
Qué mayoría hace falta en la junta de propietarios
La buena noticia está en el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal que permite aprobar la instalación de sistemas de aprovechamiento de energías renovables con el voto favorable de sólo un tercio de los propietarios que a su vez representen un tercio de las cuotas de participación. Ni mayoría absoluta, ni unanimidad son necesarias. A partir del 20 de marzo de 2026, el Real Decreto-ley 7/2026 incluye de forma expresa la aerotermia y la geotermia dentro de esos sistemas, quitando la duda de si esta tecnología concreta entra dentro de esa mayoría reducida.
Además, el acuerdo puede llevarse a la junta a petición de un solo propietario. Basta con solicitar por escrito al presidente o al administrador de fincas que se incluya el punto en el orden del día de la próxima junta ordinaria, o pedir una junta extraordinaria. La comunidad no puede repercutir el coste de la instalación a los propietarios que no hayan votado expresamente a favor del acuerdo, si alguno quiere sumarse más adelante, deberá abonar la parte que le hubiera correspondido, actualizada con el interés legal.
La deducción del 60% para edificios: cómo se reparte
Cuando la actuación se hace sobre el edificio completo, aplica el tramo del 60% de la deducción estatal del IRPF, con una particularidad importante frente al tramo individual del 40%. Cada propietario aplica su parte proporcional de la inversión según su coeficiente de participación, con un tope de base de 5.000 € anuales por contribuyente, acumulable hasta un máximo de 15.000 € repartido en varios ejercicios. La deducción máxima resultante por vecino es, por tanto, de 9.000 € (15.000 € × 60%).
Un ejemplo ilustrativo, con cifras redondeadas para que se entienda el cálculo.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Presupuesto total (12 vecinos) | 216.000 € |
| Cuota de participación por vecino (1/12) | 18.000 € |
| Tramo aplicable (mejora a calificación B) | 60% |
| Base máxima por contribuyente | 15.000 € |
| Deducción IRPF por vecino | 15.000 € × 60% = 9.000 € |
Cada vecino aplicaría esta deducción en su propia declaración de la Renta, repartiendo el importe en varios ejercicios si su base individual supera el límite anual correspondiente.
Documentación específica para comunidades
Además de los certificados energéticos previo y posterior habituales, en el caso de comunidades de propietarios hace falta el acta de la junta que acredite el acuerdo adoptado y la cuota de participación individual de cada vecino, necesaria para calcular la parte proporcional de la deducción que corresponde a cada uno.
Programas específicos para comunidades
Algunas comunidades autónomas y ayuntamientos cuentan con líneas de ayuda pensadas expresamente para actuaciones colectivas en edificios, con cuantías bastante superiores a las de vivienda individual. Así, por ejemplo, en Asturias existe un programa (RD 853/2021) dirigido a comunidades de propietarios que puede suponer entre 63.000 € y 425.000 € por bloque, con la particularidad de que estas subvenciones están exentas de tributar en el IRPF como ganancia patrimonial, y son compatibles con que cada propietario aplique además su deducción individual del 60% sobre la parte no subvencionada. El Ayuntamiento de Madrid ha conservado líneas específicas para cambiar las calderas comunitarias de gasóleo de los edificios anteriores a 1998. Los programas cambian con frecuencia. Busca en la guía autonómica de tu comunidad el estado actualizado.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta unanimidad para instalar aerotermia centralizada?
No, desde la reforma de marzo de 2026 basta con el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas de participación, gracias al artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Puede un solo vecino pedir que se vote la instalación?
Sí, cualquier propietario puede solicitar que el punto se incluya en el orden del día de la junta, sin necesidad de contar previamente con el apoyo de otros vecinos.
¿Qué pasa si no voté a favor pero luego quiero conectarme?
Puedes hacerlo, pero deberás abonar la parte proporcional del coste que te hubiera correspondido en su momento, actualizada con el interés legal.
¿Cómo se reparte la deducción del IRPF entre los vecinos?
Cada propietario aplica su parte proporcional de la base de deducción según su coeficiente de participación, con un tope individual de 15.000 € de base y 9.000 € de deducción máxima en el tramo del 60%.